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Zafra Marroquineros puede usar CK

06/09/2010

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea desestima un recurso de Calvin Klein y da la razón a la española Zafra Marroquineros en su disputa por el registro de la marca CK Creaciones Kennya.

La Corte con sede en Luxemburgo confirma la sentencia del Tribunal de Primera Instancia de la UE, que en 2007 desestimó la propuesta de Calvin Klein de anular una resolución de la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI), que denegaba a su vez la oposición de la estadounidense contra la solicitud presentada por Zafra para el registro de la marca CK Creaciones Kennya.

La compañía española presentó en 2003 esa solicitud para productos en cuero e imitaciones de cuero, como baúles y maletas, bastones, vestidos, calzados o sombrerería, y en 2004 Calvin Klein formuló oposición contra el registro. En 2005, la División de Oposición de la OAMI desestimó la oposición en su totalidad, y consideró que no existía ningún riesgo de confusión entre las marcas en conflicto para el público.

En 2006, la empresa estadounidense interpuso un recurso ante la OAMI contra la resolución de la División de Oposición, pero en 2007 la Segunda Sala de Recurso de la OAMI lo desestimó, alegando que entre los signos en conflicto no existía similitud suficiente para afirmar la existencia de un riesgo de confusión.

Calvin Klein acudió entonces al Tribunal de Primera Instancia de la UE en 2007, para anular la resolución impugnada y que ordenara a la OAMI denegar el registro de la marca solicitada, pero dicha Corte europea desestimó el recurso mediante la sentencia que hoy ha confirmado el Tribunal de Justicia.

CK son Creaciones Kennya en la UE

En la sentencia recurrida, el Tribunal de Primera Instancia consideró que los signos figurativos objeto de registros anteriores se componían del grupo de letras ck, escritas en mayúsculas y en caracteres de imprenta, y contienen igualmente las palabras calvin klein. Por su parte, la marca solicitada era una marca denominativa que se componía de tres elementos: el grupo de letras ck seguido de las palabras creaciones y kennya.

El Tribunal estimó que estas últimas palabras ocupan, por su tamaño, una posición más relevante que el grupo de letras ck y forman una unidad sintáctica y conceptual que domina el conjunto de la marca solicitada. Además, indicó que, en el plano visual, en la marca solicitada domina el elemento creaciones kennya.

En conjunto, consideró que el examen de las marcas en sus aspectos visual, fonético y conceptual pone de manifiesto que la impresión de conjunto producida por las marcas anteriores está dominada por el elemento único ck, mientras que la producida por la marca solicitada está dominada por el elemento creaciones kennya.

De esa manera, constató la ausencia de similitud de los signos en conflicto y afirmó que no existe riesgo de confusión entre las marcas controvertidas, por lo que desestimó el recurso interpuesto por Calvin Klein.

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